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3 puntos clave del Sistema de Gestión de Riesgo de DIAN

Mar 21, 2025 .

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3 puntos clave del Sistema de Gestión de Riesgo de DIAN

A propósito de la Sentencia del 13 de marzo de 2025, emitida por el Consejo de Estado.

  1. Garantía del debido proceso y del derecho de defensa

El Consejo de Estado, en su sentencia del 13 de marzo de 2025, ha dado un paso importante en la protección de los derechos de los contribuyentes y usuarios aduaneros frente al Sistema de Gestión de Riesgos (SGR) de la DIAN.Si bien reconoció la legalidad del sistema y su reserva de información, estableció un criterio clave: cuando la calificación de riesgo afecte la situación jurídica de un contribuyente o usuario aduanero (por ejemplo, al negarle un beneficio), este tiene derecho a conocer y controvertir la información sobre él, sin acceder a la metodología interna del SGR.

La reserva de la información no debe impedir el derecho a la defensa, por lo que la DIAN debe informar los datos específicos del contribuyente o usuario que fundamentan una decisión en su contra.

2. ¿Qué es el sistema de gestión de riesgos de la DIAN?

  • Es un sistema interno de la DIAN diseñado para identificar perfiles y comportamientos atípicos, analizar datos y generar alertas sobre posibles incumplimientos en trámites y obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias (“TAC”).
  • A través de este mecanismo, la DIAN clasifica a los contribuyentes en riesgo bajo, medio o alto, permitiendo una fiscalización más eficiente y un enfoque prioritario en los casos con mayor probabilidad de irregularidades.
  • Su propósito principal es prevenir fraudes, evasión fiscal y contrabando, entre otras prácticas que puedan afectar el cumplimiento de la normativa TAC.
  • Dado que maneja información sensible relacionada con intereses públicos y del Estado, se estableció su reserva, impidiendo su divulgación a particulares o entidades públicas sin orden judicial.

3. ¿Qué estaba pasando y por qué es una buena noticia?

  • Antes de esta decisión, los contribuyentes y usuarios aduaneros enfrentaban negativas de la DIAN para conocer la razón de su calificación de riesgo, lo que podía llevar a la pérdida de beneficios tributarios y aduaneros sin una explicación clara.
  • La DIAN argumentaba que esta información era reservada porque involucraba criterios internos que protegían la seguridad nacional y los intereses del Estado.
  • El Consejo de Estado aclaró que esta reserva no se extiende a la información relacionada directamente con el contribuyente o el usuario,
  • Aunque la metodología interna del sistema sigue siendo confidencial, esta decisión garantiza mayor transparencia y protege el derecho al debido proceso y de contradicción.

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